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Mostrando entradas de febrero, 2023

SÍNTESIS DE LAS PRINCIPALES NORMAS LEGALES DE LA PRIMERA QUINCENA DE FEBRERO

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  Ley N° 31683  (publicado el 09/02/2023) Mediante la presente ley, se modifica el literal a) del párrafo 5.1. del artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 012-2022 vinculado a los criterios de elegibilidad de los beneficiarios del FAE-TEXCO. Esta ley entra en vigencia a partir del 10/02/2023. Resolución de Superintendencia N° 074-2023-SUNAFIL  (publicado el 10/02/2023) Mediante la presente resolución de superintendencia se aprobó la versión 2 de la Directiva N° 003-2020-SUNAFIL/DINI, denominada “Directiva sobre la verificación de despido arbitrario por impedimento de ingreso al centro de trabajo” para una adecuada y eficiente participación de la inspección del trabajo en la verificación del despido arbitrario. Esta resolución entra en vigencia a partir del 10/02/2023. Decreto de Urgencia N° 004-2023  (publicado el 10/02/2023) El presente decreto tiene como objetivo dictar una medida única y extraordinaria, tanto en materia económica como financiera, para el otorgamient...

¿SOLO TIENEN VALOR LOS DESCANSOS MÉDICOS QUE OTORGAN EN ESSALUD?

La mayoría de las empresas suelen tener la idea de que el otorgamiento de los certificados de salud o los descansos médicos es una facultad exclusiva del ESSALUD. Sin embargo, esta idea es errónea, y en este boletín explicaremos quienes están facultados para expedirlos. ¿Qué es el descanso médico? Cuando hacemos mención del descanso médico, nos referimos al periodo de tiempo que tiene el trabajador para recuperarse de alguna enfermedad o lesión que tenga. Asimismo, es importante señalar que los descansos médicos no solo son otorgados para recuperaciones de enfermedades o lesiones físicas, sino también para enfermedades relacionadas a la salud mental. ¿A quiénes les corresponde otorgar los descansos médicos? Es erróneo pensar que el otorgamiento de los descansos médicos solo le corresponde exclusivamente a ESSALUD. Tanto los descansos otorgados por los médicos públicos y particulares tendrán el mismo valor. Los descansos otorgados tienen carácter médico y legal. Por lo tanto, estos docu...

BARMAN VS SUPERMAN

Si estás familiarizado con Superman... ya sabes algunas de sus principales características Fuerza sobrehumana Capacidad de volar Visión de calor Visión de Rayos X Velocidad supersónica Resistencia a las heridas Habilidades de combate Inteligencia superior Sentido de justicia y moralidad inquebrantable Sin embargo, Batman, un simple humano sin superpoderes, fue capaz de derrotar a Superman. ¿Cómo pudo? Lo hizo mediante su ingenio, astucia y preparación. Veamos… Batman es conocido por ser un estratega hábil y un pensador crítico,  lo que le permite analizar situaciones complejas y encontrar soluciones efectivas . Tiene una amplia formación en artes marciales, tácticas militares, investigación criminal y tecnología avanzada,  lo que le permite enfrentarse a situaciones peligrosas con confianza y efectividad . Además, Batman ha estudiado a sus enemigos y ha creado un archivo detallado de sus debilidades, fortalezas y patrones de comportamiento.  Esto le permite anticiparse a ...

¿CÓMO ES EL PROCEDIMIENTO DE CONSULTAS PARTICULARES ANTE LA SUNAT?

Según señala el artículo 95-A del TUO del Código Tributario, cualquier contribuyente o persona en general puede realizar consultas a la SUNAT sobre aplicación de normas tributarias a hechos o situaciones concretas, referidas al mismo contribuyente, vinculados con tributos cuya obligación tributaria no hubiera nacido al momento de la presentación de la consulta o, tratándose de procedimientos aduaneros, respecto de aquellos que no se haya iniciado el trámite del manifiesto de carga o la numeración de la declaración aduanera de mercancías. ¿Cuál es el procedimiento para hacer consultas particulares? La consulta será presentada en la forma, plazo y condiciones establecidas en el reglamento que está contenido en el Decreto Supremo N° 253-2015-EF. En caso no se cumplan con los requisitos para su presentación, será devuelta o excluida (impedimento de responder por parte de la SUNAT). ¿La SUNAT puede abstenerse de responder consultas particulares? La SUNAT deberá abstenerse de responder a con...

¿QUÉ DEBEMOS SABER SOBRE EL HORARIO DE REFRIGERIO?

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 008-2002-TR, es hora de refrigerio el tiempo establecido por ley para que el trabajador lo destine a la ingesta de su alimentación principal cuando coincida con la oportunidad del desayuno, almuerzo o cena, o de un refrigerio propiamente dicho, y/o al descanso. Consideraciones sobre el horario de refrigerio Su otorgamiento es obligatorio cuando las labores se cumplen en horario corrido, en cuyo caso el tiempo de refrigerio no podrá ser inferior a cuarenta y cinco (45) minutos, y deberá coincidir, en lo posible, con los horarios habituales del desayuno, almuerzo o cena. Es mayoritariamente aceptado en la práctica que el refrigerio sea de una (1) hora. El empleador deberá establecer el horario de refrigerio del horario de trabajo, no pudiendo otorgarlo ni antes ni luego del mismo. ¿Se consideran los minutos de refrigerio dentro del registro de control de asistencia? La Sunafil sancionó a una empresa por no haber cumpl...