¿Te robaron tus vacaciones? ¡Reclama lo que te corresponde!

El fin de semana pasado, SUNAFIL emitió dos resoluciones (No. 007-2025-SUNAFIL/TFL y No. 008-2025-SUNAFIL/TFL) que establecen nuevos precedentes administrativos obligatorios para inspectores a nivel nacional. Estas resoluciones impactan directamente en los derechos laborales de los trabajadores peruanos, especialmente en temas cruciales como la salud mental y las vacaciones. Si te sientes afectado, ¡sigue leyendo!

Salud Mental en el Trabajo: ¡Tu empleador tiene obligaciones!

La Resolución No. 007-2025-SUNAFIL/TFL se centra en la salud mental del trabajador. El empleador tiene la obligación de cuidar la salud de sus empleados, y esto incluye su bienestar mental. Si un trabajador regresa al trabajo después de una baja por problemas de salud mental, el empleador debe:

  • Evaluación Médica: Realizar evaluaciones médicas especializadas antes de la reincorporación.
  • Adaptación de Tareas: Ajustar temporalmente las tareas o implementar otras medidas para garantizar un ambiente laboral compatible con el estado de salud del trabajador.
  • Coordinación: Trabajar en conjunto con el profesional de salud ocupacional de la empresa.

El incumplimiento de estas medidas puede resultar en sanciones por parte de SUNAFIL.

Vacaciones: ¿Falta de pago o falta de descanso? ¡Son infracciones diferentes!

La Resolución No. 008-2025-SUNAFIL/TFL aclara una distinción crucial: no pagar las vacaciones truncas es una infracción grave, mientras que la falta de goce del descanso vacacional es una infracción muy grave. Esto es importante porque se trata de dos infracciones con diferentes consecuencias.

  • No pagar vacaciones truncas: Se considera la falta de pago de una remuneración.
  • No otorgar el descanso vacacional: Se considera la falta de otorgamiento de un derecho fundamental.

SUNAFIL puede acumular procedimientos inspectivos si un grupo de trabajadores ha sido afectado por el mismo incumplimiento, durante un periodo similar y por el mismo empleador.

Accidentes de Trabajo: Rompiendo el Nexo Causal

Para que se rompa el nexo causal entre un accidente de trabajo y la responsabilidad del empleador, deben existir circunstancias excepcionales, como:

  • Hechos externos imprevisibles.
  • Conducta exclusiva del trabajador: enfermedades preexistentes, uso indebido de bienes de la empresa, incumplimiento de procedimientos, etc.

Libertad Sindical: ¡No a las prácticas antisindicales!

El Tribunal enfatiza que el análisis de las infracciones a la libertad sindical debe ser integral, considerando el contexto y no solo hechos aislados. Se consideran prácticas antisindicales:

  • Asumir costos notariales de renuncia al sindicato.
  • Redactar o intermediar en cartas de desafiliación.
  • Otorgar beneficios a trabajadores que se desafilian.
  • Emitir comunicaciones que desincentiven la afiliación sindical.
  • Tratar de forma diferenciada a trabajadores afiliados y no afiliados.

¿Necesitas ayuda?

Si te encuentras en alguna de estas situaciones, o tienes alguna duda sobre tus derechos laborales, contáctanos al 993568867. En Asesoría Empresarial, te ayudamos a reclamar lo que te corresponde. Recuerda que conocer tus derechos es el primer paso para protegerte.

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